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AYUDAS Y SUBVENCIONES


El Gobierno Vasco convoca las ayudas para la contratación indefinida


El Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno del País Vasco ha procedido a publicar la vigencia durante el año 2003, de los programas subvencionales contenidos en el Decreto 2/1998, de 20 de enero, por el que se establecen las medidas de ayudas a la contratación indefinida.

La finalidad de estas ayudas es la de fomentar la contratación indefinida de personas pertenecientes a colectivos en situación de paro con dificultades para acceder a un puesto de trabajo, mediante el desarrollo de los siguientes programas: ayudas a la contratación de personas mayores de 45 años, ayudas a la contratación de personas paradas de muy larga duración y, por último, ayudas a la contratación de jóvenes desempleados / as menores de 30 años.

Podrán ser objeto de las ayudas, los contratos de trabajo por tiempo indefinido, o contratos de sociedad, en el caso de sociedades cooperativas ya constituidas, y la conversión en indefinidos de contratos temporales que se efectúen al amparo de la normativa laboral vigente, a jornada laboral completa o a tiempo parcial, siempre que, en este último caso, su duración sea superior a 12 horas semanales o 48 mensuales.

Se destinarán a estas ayudas, la cantidad máxima de 2.500.000 euros, distribuido mediante un crédito de pago para el ejercicio 2003 de 1.500.000 euros y un crédito de compromiso para el ejercicio 2004 de 1.000.000 euros. En ningún caso la subvención superará el 60% de la retribución anual bruta a percibir por la persona contratada.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, aquellas personas físicas o jurídicas que contraten a personas pertenecientes a los colectivos mencionados anteriormente, excepto las Administraciones Públicas y personas jurídicas públicas dependientes de las mismas, siempre y cuando estén participadas en su integridad por capital público. La aplicación de estas ayudas se realizará en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Todos aquellos beneficiarios que deseen optar a estas ayudas deberán presentar la solicitud, junto a la documentación requerida, en el plazo de de dos meses, contados desde la fecha en que se efectuó el contrato o la conversión del contrato temporal en indefinido, según se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, de 11 de marzo de 2003.

Fuente: Boletín Oficial del País Vasco


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