|
La decisión del Gobierno
de aplicar un periodo transitorio hasta 2012 en el que se mantiene el
régimen actual de deducciones para las actividades de I+D+i no convence
a nadie, salvo al propio Ejecutivo.
La reducción anual
prevista del 20% se ha convertido en un 3%, que, en definitiva, equivale a
dejarla casi como está (por eso no se entiende la maniobra), pero su
retirada en 2012 sigue encima de la mesa. La noticia inicialmente pésima
de que se eliminaba la deducción parece que se consolida. Es decir, en
una economía necesitada de I+D+i, el Gobierno opta por ahorrarse los 250
millones de euros que suponen las deducciones fiscales en la actualidad.
Se puede considerar una buena
noticia que, en vez de reducir la deducción en un 20% anual, se reduce
en un 3% anual, lo cual otorga un poco más de oxígeno en lo poco
que le queda, pero el caso es que le sigue quedando poco.
En el texto de la reforma fiscal
dice textualmente: "Con efectos para los periodos impositivos que se inicien a
partir del 1 de enero de 2012 queda derogado el artículo 35 del texto
refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 4/2004, de 5 de marzo."
Es decir, hace exactamente dos
años, se aprobó una medida de estímulo al I+D que ahora se
elimina. A pesar de que se ha logrado que el sistema actual se prolongue hasta
dentro de seis años, la idea que subsiste de fondo es que al final se
eliminará la deducción, por lo que el escenario ahora, ya no a
corto pero sí a medio plazo, sigue siendo igual de perjudicial para el
tejido empresarial español.
GOLPE DE TIMÓN
Además, este golpe de
timón que las empresas han valorado muy desfavorablemente, en algunos
casos incluso con pánico, no se ve compensado por la bonificación
del 40% para las cotizaciones sociales del personal investigador, que parece
que será el único incentivo fiscal que quedará vigente a
partir de esa fecha.
El personal investigador ya goza
de una deducción adicional del 20% sobre el coste total para la empresa,
y este importe, en muchos casos, supera el 40% de la cotización a la
Seguridad Social, así que en este frente también se pierde.
Se ha mejorado la propuesta
inicial que preveía una eliminación más inmediata, por
otras alternativas menos lesivas en el corto plazo, pero se prevé una
medida poco relevante a partir de esa fecha. El llamado modelo holandés
no recoge otro tipo de gastos, como las pruebas piloto o la contratación
de centros de investigación. Se pretende poner en práctica un
modelo que opera en un país mucho más innovador que el nuestro,
probablemente porque goza de ayudas al I+D desde hace muchas
décadas.
El principal argumento esgrimido
por el Gobierno para la eliminación de las deducciones por
investigación, desarrollo e innovación tecnológica, es que
éstas no han cumplido los fines para los cuales fueron implantadas en el
sistema fiscal. El Ejecutivo justifica su postura, alegando que la
deducción por I+D+i no ha incrementado la I+D+i en España y que
únicamente las grandes empresas se benefician de los incentivos
fiscales, mientras que el resto del tejido empresarial apenas los emplea.
Sin embargo, las cifras de
beneficios fiscales recogidas en los últimos Presupuestos Generales del
Estado ponen de manifiesto que estos incentivos, lejos de reducirse, aumentan.
En el caso concreto de las deducciones por I+D+i, se prevé que en 2006
alcancen la cifra de 261,44 millones de euros, lo que representa un crecimiento
del 21,3%, frente a los 215,55 millones presupuestados para 2005, última
cifra disponible a falta del cierre del año pasado.
Es cierto que la empresa
española se sitúa en una posición bastante rezagada en lo
que respecta a la inversión privada a nivel internacional: según
un ránking publicado recientemente por la Comisión Europea, en
2004, de las 700 empresas europeas que más invierten en I+D, sólo
trece de ellas son españolas.
No obstante, tanto el
número de empresas que realizan actividades de I+D+i, como los niveles
de inversión privada en España han crecido sustancialmente.
Según datos del INE para 2004, se ha observado un incremento del 22% y
9,5%, respectivamente, en contraste con datos del ejercicio anterior.
Y, sin la menor duda, este
crecimiento viene impulsado por la implementación de las deducciones por
I+D+i, unos incentivos fiscales significativamente más beneficiosos que
en muchos países europeos. Otro de los razonamientos que se esgrime
desde el Gobierno es el problema de la ilegalidad europea de algunos aspectos
de la deducción por investigación, desarrollo e innovación
tecnológica, por considerarlos contrarios a lo dispuesto en el
artículo 49 del Tratado constitutivo de la CEE. En el peor de los
supuestos, nada que no se pueda solucionar, sin tener por ello que fulminar las
deducciones fiscales.
REQUISITOS
Mientras, en las Cortes se
buscan remedios que alivien los efectos negativos (no se sabe si
políticos o económicos) de esta inesperada reforma. Cabe destacar
la toma en consideración de la Proposición de Ley presentada por
el Grupo Parlamentario Catalán (CiU) de agilización del proceso
de reconocimiento de cumplimiento de los requisitos científicos y
tecnológicos, a efectos de la aplicación de deducciones por
I+D+i.
En ella, y con el objetivo de
agilizar los trámites burocráticos, se pretende que aquello
considerado I+D+i por la Administración, tanto nacional como
autonómica, a la hora de otorgar ayudas, sea vinculante para la
Administración Tributaria en la posterior aplicación de
deducciones fiscales sin mayores trámites. Es decir, que los proyectos
subvencionables sean automáticamente deducibles.
Esto que parece tan simple, en
la práctica no lo es, debido a las muy distintas definiciones de lo que
se considera innovador en las diferentes convocatorias de subvenciones, ya que
cada una maneja una definición particular. Además, la
mayoría subvenciona actividades y partidas que estarían excluidas
en el marco de la deducción del Impuesto sobre Sociedades.
Por lo tanto, la iniciativa que
en teoría parece atractiva, en la práctica necesitaría una
enorme reforma tanto a nivel nacional como autonómico.
Beneficiar a las empresas
subvencionadas para que deduzcan fiscalmente sin más trámites es
bueno empresarialmente para las subvencionadas, pero es clave tener en cuenta
que la convocatoria de un programa de subvenciones se rige por el concepto de
concurrencia competitiva, es decir, de las que se presentan se benefician
sólo las mejores.
Por mejores se entiende no
sólo técnicamente sino con otros criterios más de tipo
empresarial (tamaño de empresa, localización, accionariado...) y
que nada tiene que ver con la calidad técnica de su I+D. Por poner un
ejemplo, es posible que una empresa con un proyecto peor que otras que se han
presentado sea subvencionada.
Además, es muy curioso,
por no decir desconcertante, que se facilite la utilización de la
deducción mientras se prevé eliminarla. Creo que es prioritario
consolidarla en el tiempo confirmando su continuidad para después
facilitar su utilización, pero, en fin, lo último puede llevar a
lo primero.
Con la prórroga de la
deducción hasta 2012, lo único que se ha conseguido son seis
años de respiro. En esta línea, Hacienda ha dado una marcha
atrás obligatoria, como consecuencia de las fuertes críticas
recibidas por los agentes empresariales implicados. Así, se va a pasar
de un sistema fiscal calificado como el mejor de la Unión Europea, a no
tener incentivos fiscales para la innovación dentro de unos años.
De cien a cero. En definitiva,
con su reforma fiscal, el Gobierno ha dado al entorno empresarial
español seis años de oxígeno, nada más.
Fuente: Expansión
|